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09 Octubre 2020
A consecuencia de la pandemia por COVID-19 España y otros países miembro de la UE se vieron obligados a habilitar la comercialización excepcional de muchos tipos de EPI sin marcado CE. Aquellos EPI que no obtuvieron el marcado CE se podían comercializar hasta el pasado 30 de septiembre, según indica la resolución del 23 de abril de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. El mismo día 30 de septiembre se publica en el BOE una ampliación para su comercialización.